PATERNIDAD

¡FELIZ AÑO NUEVO COMPAÑEROS! Felicidades a todos y felicidades a los que acaban de ser papá justo al empezar el año y, por supuesto, a todos aquellos que lo serán a partir de ahora porque damos un pasito más en la sociedad como personas, y el permiso de paternidad se alarga de dos a cuatro semanas. No es una batalla ganada, pero sí es un paso hacia adelante.
Hoy en día, la mayoría de los padres piden más tiempo para disfrutar de sus retoños, ya que también cambian pañales, se despiertan para darles el biberón, bañan al bebé y colaboran en absolutamente todas las tareas que conlleva criar un bebé. Pero les dura poco, a las dos semanas ya están de nuevo en el trabajo, y eso es lo que tanto mujeres como hombres aún siguen reclamando.
Sin caer en los beneficios que puede tener un pacto por la igualdad del disfrute de permiso por paternidad y maternidad en la contratación a las mujeres (porque eso sería ya enrollar mucho el artículo) es verdad que vamos avanzando, poco a poco, pero avanzando.
Así, que como ya podréis imaginar, el post de hoy va dirigido a la medida ya tan popular que llevan anunciando los medios de comunicación un mes. El permiso de paternidad.

Os comento que ya está publicada en el BOE la actualización del Estatuto de los Trabajadores, que en su art. 48.7 dice : "En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso regulados en los apartados 4 y 5."
Hasta el 31 de diciembre de 2016 el permiso de paternidad ha estado en 13 días más dos de descanso por nacimiento de hijo, es decir, un total de 15 días. 
Con la nueva actualización, tenemos que el permiso de paternidad son cuatro semanas y el descanso por nacimiento de un hijo de dos días.
Otra cosa diferente es que el trabajador no se pida el permiso por paternidad y solo los dos días por nacimiento. Ojo, que el permiso de paternidad dota al trabajador de protección frente al despido hasta que el bebé cumpla los 9 meses de vida, es decir, la misma protección ante el despido que por permiso maternidad. Lo que quiero decir con esto es que, muchos hombres solo se cogen los dos días por nacimiento por miedo al despido y solo tienen protección ante el despido si han disfrutado del permiso por paternidad.
Dicho permiso, podrá ser disfrutado en cualquier momento dentro del permiso de maternidad, es decir, que no son inmediatamente posteriores al parto, sino que el padre puede disfrutar de su permiso por paternidad después, siempre y cuando, la madre aún siga de permiso por maternidad. Además cabe mencionar que el trabajador tendrá protección frente al despido habiendo disfrutado al menos de un día de permiso por paternidad.
Vuelvo a hacer hincapié, EL PERMISO DE PATERNIDAD ES INDEPENDIENTE DEL PERMISO POR NACIMIENTO.

Por otro lado, me siento en la obligación de deciros que ésta no es una medida del nuevo gobierno, ni un pacto entre el gobierno y otro partido político que conforma el congreso de diputados, sino que es una medida tomada en el año 2009 cuando era otro partido el que gobernada en España. La ley que dictó en aquel momento fue  la ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.  En la que en su art. 1 dice En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato durante cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad regulados en el artículo 48.4.”  Así como en un disposición final segunda dice “La presente ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2017”

Y hasta aquí el post de la semana, espero que os haya servido de ayuda, y apreciéis al diferencia entre los permiso de nacimiento y de paternidad cuál tiene protección frente al despido, cuándo podéis disfrutarlo, etc.

Que tengáis una feliz semana y hasta la próxima ;)

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